El Ayuntamiento de Madrid aprueba la nueva Ordenanza de Quioscos de Prensa que mejorará las condiciones económicos del sector y contribuirá a su profesionalización.
La nueva Ordenanza de Quioscos de Prensa
A falta de ser aprobada próximamente en el pleno municipal, el Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la nueva Ordenanza de Quioscos de Prensa que mejorará las condiciones económicas del sector y contribuirá a la profesionalización de sus servicios. Esta nueva medida está dirigida al medio millar de quioscos de la capital, de los cuales unos 450 están abiertos.
Con esta normativa, no solo se aplicarán nuevas medidas destinadas a incrementar los ingresos de los trabajadores, sino que también se mejorarán las condiciones del propio ejercicio de la actividad con medidas que afectan tanto a la propia instalación como a los requisitos para el acceso a la concesión administrativa del uso de la vía pública.
Con un nuevo criterio en la adjudicación, también se darán facilidades para la obtención de uno de estos quioscos de modo que se incluye, por primera vez, el concepto de profesionalidad como uno de los criterios para la concesión. Asimismo, se elimina el requisito de ingreso máximo del 200% del salario mínimo fijado a la unidad familiar para acceder a su titularidad.
Novedades en los quioscos de prensa
La nueva normativa amplía, entre otras medidas, la posibilidad de estos establecimientos de aumentar sus ingresos provenientes de la publicidad, ya que les autoriza a incrementar la superficie que pueden destinar a soporte publicitario y les permite publicitar cualquier producto que comercialicen.
Por otra parte, también pone el foco en la mejora de las condiciones actuales de los quioscos y autoriza la colocación de toldos y cortavientos en determinadas condiciones, algo hasta ahora prohibido. También contempla la posibilidad de que los titulares de quiosco puedan presentar la solicitud para otro establecimiento, renunciando antes al que tienen.
También prohibirá que sirvan de espacio publicitario aquellos quioscos que permanezcan cerrados y no ejerzan su actividad como tal. La ordenanza contempla también la prohibición de colocar un quiosco a menos de 250 metros de otro en la llamada zona 1. La distancia mínima en la zona 2 será de 300 metros, salvo que sean de actividad distinta (100 metros).
En lo referente a los artículos en venta, los quioscos podrán ofrecer, además de periódicos, revistas y otras publicaciones, objetos complementarios como títulos de transporte, tarjetas de telefonía, pilas, baterías, soportes de grabación digital, tarjetas de memoria, entradas de actividades culturales y espectáculos, etc.