Ya se pueden solicitar ayudas por los daños causados hace un mes por la borrasca Filomena en Madrid, después de que se declarase la región como zona catastrófica el pasado 19 de enero junto a Castilla y León, Castilla-La Mancha, Andalucía, La Rioja, Aragón, Navarra y el Principado de Asturias. La declaración de la capital como zona catastrófica permite acceder a las subvenciones.
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Ya se pueden solicitar ayudas por los daños causados por Filomena en Madrid
Las ayudas están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y van destinadas a familias, comunidades de propietarios, establecimientos y a quienes fueron requeridos por las autoridades para prestar servicios o bienes para proteger a personas o evitar peligros graves.
Las solicitudes podrán presentarse hasta el 19 de febrero en la sede electrónica del Ministerio del Interior mediante identificación con certificado digital o Cl@ve Pin en el registro electrónico a través del siguiente enlace. También, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid.Ayudas a unidades familiares y de convivencia
En el caso de las familias, cuentan con dos tipos de ayuda: por daños en vivienda y enseres y por daños personales.
En el primer caso, se puede conceder la subvención tanto por destrucción total de la vivienda habitual como por daños en la estructura de la misma. También son subvencionables la destrucción o daños de los enseres domésticos de primera necesidad afectados en la vivienda habitual, considerando solo como tales aquellos muebles y elementos del equipamiento doméstico básico. En este enlace tienes los supuestos y los requisitos.
Por lo que se refiere a los daños personales, se contempla tanto el fallecimiento como la incapacidad absoluta y permanente de algún miembro de la unidad familiar. En este enlace tienes los supuestos y los requisitos.
Comunidades de propietarios y establecimientos
Las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal, titulares de un inmueble que haya sufrido daños en los elementos comunes de uso general contemplados en el artículo 396 del Código Civil, derivados directamente de la borrasca Filomena también pueden beneficiarse de estas ayudas para cuya solicitud tendrán que presentar esta documentación.
También se pueden acoger a las subvenciones los establecimientos industriales, comerciales y de servicios debidamente registrados a efectos fiscales, en funcionamiento y con un número de empleados igual o inferior a 50 que hayan sufrido daños de cualquier naturaleza en las edificaciones, instalaciones o equipamientos de su actividad empresarial.
Personas físicas o jurídicas que prestaron los servicios
El Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se determinan las subvenciones, también contempla la concesión de las mismas para aquellas personas físicas o jurídicas que, a causa de la emergencia, fueron requeridas por las autoridades para realizar prestaciones de servicios o de bienes “en el momento mismo de la emergencia, para la protección de personas y bienes o para evitar un peligro grave e inminente para su vida o seguridad”.
Quienes se encuentren en ese caso pueden obtener el resarcimiento por el importe total de los gastos, daños o perjuicios ocasionados por dicha prestación. Puedes obtener más información en este enlace.