El Gobierno central ha aprobado ya el Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad que establece los principales parámetros e instrumentos para la adaptación de la sociedad a la nueva realidad con las máximas garantías de seguridad posibles. El plan propone una desescalada gradual, asimétrica y coordinada que se dividirá en fase 0, 1, 2 y 3. Hoy, en Vida de Madrid, te explicamos cómo afectan las medidas de cada fase a los gimnasios y demás deportes.
Índice
Gimnasios y otros deportes: Fase 0
Durante la fase 0 (que dará comienzo el próximo lunes 4 mayo en toda la península) la actividad deportiva sin contacto al aire libre, como montar en bici, correr, patinar, hacer surf, etc. será permitida siempre y cuando se haga de forma individual y con la protección adecuada (distancia de seguridad, mascarillas en deportes no acuáticos cuando sea posible, etc).
Gimnasios y otros deportes: Fase 1
Durante la fase 1 (no antes del 11 de mayo en la península y el 4 de mayo en Canarias y Baleares) se permitirá el uso de las instalaciones deportivas al aire libre sin público, para practicar deportes en los que no exista el contacto, así como atletismo o tenis.
La realización de actividades deportivas individuales en centros deportivos deberán realizarse con cita previa y sin implicar contacto físico ni uso de vestuarios. Entendemos que sería el caso de entrenamientos individuales con un personal trainer, sin otras personas en la sala.
Gimnasios y otros deportes: Fase 2
En la fase 2, que dará comienzo no antes del lunes 25 de mayo en Madrid y en toda la península, ya será factible el uso de instalaciones deportivas en espacios cerrados sin público, solo será permitido para la práctica de deportes en los que no exista contacto o el riesgo de contagio se bajo. Entendemos entonces que los gimnasios podrán abrir en la Fase 2.
Gimnasios y otros deportes: Fase 3
Por último, está previsto que la fase 3 dé comienzo el lunes 8 de junio de 2020 (siempre si la provincia cumple con los requisitos). Ya podrán realizarse espectáculos y actividades deportivas al aire libre con aforo menos limitado (1/2).
En el caso de espacios cerrados, solo se podrán practicar deportes en los que no exista contacto o el riesgo de contagio sea moderado, por ejemplo, pistas de patinaje, con público limitado a 1 persona por cada 20 metros cuadrados.
Por último, podrán realizarse partidos con un máximo de 1/3 de aforo, garantizando siempre la separación de seguridad entre los espectadores y actividades deportivas al aire libre con un máximo de 1/3 del aforo de gimnasios, sin uso de vestuarios.
Ante todo, hay que remarcar que todas estas medidas son orientativas, ya que serán oficiales solo con sus publicaciones en el BOE. Además, su desarrollo podría variar en función de la evolución de la situación epidemiológica, la capacidad del sistema sanitario y las medidas de protección en espacios públicos, datos de movilidad y socioeconómicos. Cada provincia avanzará a un ritmo diferente. Aquí puedes conocer más detalles sobre las medidas propuestas para cada fase.